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BASES LEGALES CONCURSO QFT!.

 

 

 

1.- EMPRESA ORGANIZADORA DEL CONCURSO

 

La entidad organizadora y responsable de esta acción promocional (Sorteo) es la MALVADO BOY S.L (en adelante la “ORGANIZADORA”), con NIF: B-02956464, con domicilio social en Calle Afueras a Valverde Número 26, 5º C, Código Postal 28034 Madrid.

 

2.- OBJETO DEL CONCURSO:

 

El objeto del presente concurso es premiar a los seguidores de QUÉ FUERTE TÍA! (QFT!) mediante la entrega de un premio consistente en una Playstation 5 versión digital.

 

3.- ÁMBITO TERRITORIAL DEL CONCURSO.

 

El concurso será válido en todo el territorio nacional (Península, Islas Canarias y Baleares, Ceuta y Melilla).

 

4.- ÁMBITO TEMPORAL DEL CONCURSO.

 

El concurso comenzará el 23 de marzo de 2021 a las 21:000 de la noche y terminará el martes 27 de abril antes de la finalización del programa QFT! que produce la ORGANIZADORA.

 

5.- DESTINATARIOS DEL CONCURSO.

 

El Concurso está dirigido exclusivamente a personas con capacidad de obrar y mayores de 18 años con residencia legal en España.

 

6.- MECÁNICA DEL CONCURSO.

 

 

  • Para poder participar en el Concurso, los participantes deberán seguir los siguientes pasos:

    • Tener una cuenta en Twitter.

    • Acceder a la cuenta oficial de QFT!.

    • Retwittear la publicación del concurso que se publique en la cuenta oficial a partir del 23 de marzo de 2021.

 

 

 

 

 

 

  • Los participantes que sigan estos seis pasos aumentarán la posibilidad de poder ganar el concurso.

  • Por tanto, cuantas más acciones directas se realicen con las diferentes redes sociales de QFT! el participante aumentará las posibilidades de ser el ganador. 

 

7.- ELECCIÓN DEL GANADOR.

 

La elección del ganador se realizará al azar entre los participantes que hubiesen realizado durante la vigencia del presente concurso más acciones con las redes sociales de QFT! conforme a lo señalado. 

 

La elección del ganador se llevará a cabo el día 27 de abril y se hará público en el programa QFT! y por medio de la Red Oficial de Twitter.

 

Una vez elegido al ganador del concurso, el ORGANIZADOR se pondrá en contacto de forma privada a través de la propia plataforma de Twitter con la finalidad de solicitar toda la información relativa a la entrega del premio descrito.

 

En el caso de que en un plazo de 5 días hábiles desde la publicación del ganador en la cuenta oficial de QFT! en Twitter y realizada la comunicación mediante mensaje privado en la propia red social, fuera imposible contactar con él, rechazara el premio o incumpliera alguna de las condiciones de estas Bases, éste perderá todo derecho sobre el premio, el cual se adjudicará al primer suplemente, quien pasará a tener la condición de ganador.

 

 

8.- ENTREGA DEL PREMIO.

 

La ORGANIZADORA enviará el premio corriendo con los gastos de envío. En caso de que el envío y/o entrega no llegase a buen término por motivos ajenos a la ORGANZIADORA y como consecuencia de ello se tenga que proceder a su reenvío, los gastos de dicho reenvío correrán a cargo del ganador

 

El premio obtenido por el ganador quedará sujeto a las pertinentes obligaciones fiscales en la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

 

En este sentido, la entrega del premio estará sujeto a lo dispuesto tanto en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), como en el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del IRPPF, que establece que los premios concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias, estén o no vinculadas a la oferta, promoción o venta de determinados bienes, productos o servicios están sujetos a retención o ingreso a cuenta que al base de retención del premio sea superior a trescientos euros (300€).

 

9.- ACEPTACIÓN DE LAS BASES

 

La participación en el presente Sorteo implica la aceptación de sus bases y el criterio de la ORGANIZADORA en cuanto a la resolución de cualquier cuestión derivada de la misma. Cualquier manifestación en el sentido de no aceptarlas, sea cual sea el momento en que se realice, implicará la exclusión del participante y, en consecuencia, la ORGANIZADORA quedará liberada de la obligación contraída con dicho participante.

 

10.- CONDICIONES GENERALES

 

No podrán ser partícipes del Sorteo los socios, administradores, trabajadores, empleados o familiares de estos, parientes en primer grado de consanguinidad o afinidad de cualquiera de ellos, de la empresa promotora, ni de las empresas afines a la ORGANIZADORA.

 

La ORGANIZADORA no se responsabiliza de los errores, incidentes o perjuicios que puedan producirse en el desarrollo del Sorteo y que sean imputables a terceros.

 

La ORGANIZADORA no se hace responsable de incidencias y sucesos de todo orden (por ejemplo, imposibilidad de realizar las acciones en las redes sociales) que sean provocadas por una avería en el programa informático debido a un caso de fuerza mayor; ni tampoco de las incidencias que tengan su origen en supuestos de fuerza mayor derivados de causas tales como una avería en la red telefónica, informática, eléctrica o postal o provocadas por agentes externos naturales (atmosféricos, climatológicos, etc.) o bien en un deficiente funcionamiento de las compañías suministradoras de dichos servicios.

 

La ORGANIZADORA no se responsabiliza en caso de mal funcionamiento o fallo en las diferentes plataformas de redes sociales, siempre que se produzcan por causas ajenas a la ORGANIZADORA.

 

 

La ORGANIZADORA no se responsabiliza de las posibles pérdidas, deterioros, robos, retrasos o cualquier otra circunstancia imputable a terceros que puedan afectar al desarrollo de la presente Promoción.

 

La ORGANIZADORA se reserva el derecho de modificar en cualquier momento las condiciones del presente Sorteo, incluso su posible anulación antes de la fecha de celebración o de fin del mismo, siempre que hubiere causa justificada de fuerza mayor, comprometiéndose a comunicar con suficiente antelación las nuevas bases, condiciones, o en su caso su anulación definitiva, sin que ello genere ningún derecho o compensación a los participantes.

 

La ORGANIZADORA pretende que el Sorteo se haga con igualdad de oportunidades entre los distintos participantes. Por ello, cualquier utilización abusiva o fraudulenta de estas bases dará lugar a la consiguiente descalificación del participante.

 

El presente Sorteo está desarrollado y dirigido exclusivamente por la “ORGANIZADORA”, excluyendo a Twitter, Instagram,Facebook y terceros de cualquier tipo de responsabilidad con respecto a los participantes. Las presentes redes sociales no patrocinan, avalan o administran en ningún caso el presente Sorteo.

 

De conformidad con la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico, la ORGANIZADORA no se obliga a controlar y no controla con carácter previo ni hace propios los contenidos, datos, archivos, y cualquier clase de material que el usuario suba a su perfil de las diferentes plataformas sociales, por lo que no responderá bajo ninguna circunstancia de la legalidad de los contenidos que pueda remitirnos, y actuará de conformidad con el principio de conocimiento efectivo establecido para los prestadores de Servicios de la Sociedad de la Información, reservándose el derecho a eliminar los contenidos y comentarios publicados en el Muro si se consideran no adecuados o vulneran derechos de terceros.

 

11.- PROTECCIÓN DE DATOS

 

  1. TRATAMIENTO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.

 

La información facilitada por los participantes será incluida en un fichero titularidad de la ORGANIZADORA. Esta información será tratada de acuerdo con la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal.

 

Los datos personales relacionados con esta promoción se tratarán bajo la responsabilidad de MALVADO BOY S.L, con NIF: B-02956464, con domicilio social en Calle Afueras a Valverde Número 26, 5º C, Código Postal 28034 Madrid.

De conformidad con el Reglamento (CE) n.º 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones, órganos y organismos de la Unión y a la libre circulación de estos datos y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.


Finalidad del tratamiento de los datos personales:  

La recogida y tratamiento de los datos personales tiene las siguientes finalidades:

- Gestionar el concurso propuesto en las presentes bases.

- La entrega y aceptación del premio por parte del participante ganador.

- Publicación del participante ganador en las redes sociales descritas.

- Envío del premio: Playstation 5. 

 

Los datos personales recogidos y tratados son:

 

  • los datos necesarios para el envío del premio: nombre / apellidos / dirección / código postal / ciudad. 

 

Responsable del tratamiento: ORGANIZADORA, correo electrónico: info@malvadoboy.com


Destinatarios: El suministro de datos personales es necesario para la correcta gestión y entrega de los premios y se realiza a través de la plataforma de Twitter, Instagram o Facebook.
 

Retención de los datos: Los datos proporcionados se conservarán durante un período de 2 meses después del final del Concurso


Datos de contacto: El Promotor le garantiza el derecho a ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad, limitación y oposición al tratamiento en los casos que resulte pertinente, mediante el envío de una comunicación a la dirección anteriormente indicada  y acompañando una fotocopia de su D.N.I. o cualquier otro documento que permita acreditar su identidad.

 

Por último, se informa igualmente del derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos en caso de que tenga conocimiento o considere que un hecho pueda suponer un incumplimiento de la normativa aplicable en materia de protección de datos.

 

 

12.- FRAUDE. ACCIONES LEGALES

 

En el supuesto de que la ORGANIZADORA detecte cualquier anomalía en el registro de un participante en el Sorteo, alterando su registro o su participación mediante cualquier procedimiento, técnico o informático para falsear su participación, podrá eliminar dicha inscripción en el mismo. Por lo tanto. La ORGANIZADORA se reserva eliminar de la participación en el Sorteo a cualquier participante del mismo, que tenga sospechas de actuación irregular.

 

La ORGANIZADORA podrá emprender acciones legales contra la persona o personas que realicen actos susceptibles de ser considerados manipulación o falsificación.

 

13.- RESOLUCIÓN DE INCIDENCIAS

 

En caso de suscitarse problemas o incidencias en la interpretación de las presentes bases o en el desarrollo de la Promoción, se estará a los criterios que aplique la ORGANIZADORA sometiéndose en caso de conflicto a los Juzgados de Madrid capital. La presentes Bases Legales de la Promoción se rigen por la normativa española.

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